Por un estatuto de asociación europea
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mirella bucciLa constitución de Giscard se ha olvidado del ciudadano y de su derecho a ser asociado - hoy, más que nunca - sin fronteras.
La Convención ha realizado un trabajo titánico, y necesario, de racionalización de energía europea. No se ha olvidado de nada y de nadie en sus debates: desde las regiones a los sindicatos, desde la oscura burocracia de Bruselas hasta los parlamentos nacionales, de Solana-Patten a las raíces judaico-cristianas. Sólo hay un excluido del debate y de los resultados de la Convención Europea: la persona, el ciudadano. Todo el mundo sabe que en una democracia cada individuo, en cuanto persona, es titular de los derechos imprescindibles para la buena consecución del proceso democrático y para la misma coherencia del poder decisional. Y entre todos los derechos, el más imprescindible para la consecución de un sistema democrático (todos lo saben a partir del siglo XVIII) es la libertad de asociación, de organizarse, que persigue cualquier objetivo que no sea lucrativo.
Los pioneros guiados por Fontaine
Pero la Convención, que se ha olvidado de la persona, que no ha hecho caso de la importancia de un espacio europeo verdaderamente libre de la información, que ha enterrado la participación directa de los ciudadanos en la vida política europea detrás de las alquimias constitucionales mas complicadas, ¿cómo podía ocuparse del reconocimiento de la libertad de asociación europea y del estatuto de asociación europea? A decir verdad los únicos que se han ocupado del asunto son un pequeño grupo de eurodiputados de la varia guía política de los grupos de Nicole Fontaine en los años 80 y algunos empleados civiles de la Comisión, distraídos de las aplicaciones vitales de la competición y el mercado interior por una de las raras balotas obligatorias del Parlamento Europeo, en los primeros años 90. Desde hace diez años a esta parte una decisión del consejo atiende, prevenido de los mismos vetos y de la indiferencia general, a una disposición que se ocupa del cuidado de un desconocido, del ciudadano europeo y sus derechos. ¡Carneade, quién era éste!
Sin embargo la necesidad de un estatuto de asociación europea es hoy en día obvia y no se entiende cómo se puede bloquear una disposición que todos consideran favorable. Favorable para los individuos, los ciudadanos europeos en el desarrollo de su personalidad, de sus actividades jugosas o políticas, en su deseo de ser europeo aparte de las fronteras nacionales, más allá de las estructuras sociales existentes y obsoletas. Es en los sistemas legislativos nacionales donde el estado de derecho, la democracia, las libertades individuales han nacido y los caracterizan, se han desarrollado en los últimos cortos siglos de la historia humana, pero la caja nacional se transforma, diariamente, en cáscaras vacías de cada sustancia, incapaces de permitir el ejercicio de la libertad de asociación, de la libertad individual de querer o no querer asociarse.
Desde un punto de vista institucional, entonces, la realización de un estatuto europeo para las asociaciones permitiría un ejercicio más adecuado y completo de los otros derechos de asociación, como crear verdaderos partidos politicos y sindicatos europeos. En la Europa de los conceptos colectivos y de los progresivos y magníficos futuros no tenemos que maravillarnos si el Parlamento Europeo (o mejor, este Parlamento Europeo) ha conseguido poner atención en el caso particular de la carta política europea y se olvida del caso general de las asociaciones y del dereho a la libertad de asociación para cada persona.
Secretos de Polichinela
Favorable en segundo lugar, para las mismas asociaciones, organizaciones no gubernamentales y entidades de variados tipos , sin ánimo de lucro, fundamentales en una sociedad libre. Todos estos sujetos tienen derecho, proclamado en la propia Niza, a actuar a nivel europeo y, por lo tanto, deben de ser reconocidas como oficiales mas allá de las fronteras del Estado.
Hoy en dia no existe una sola actividad social que no tenga dimensión transnacional ni una sola asociación (excepto Cruz Roja internacional) que goze de un estatus reconocido a nivel internacional. Y el hecho es que es un secreto de Polichinela que las asociaciones reconocidas en su país de origen sufren obstáculos en su participación en el gran juego transnacional de la vida social y económica. Favorable también para una Europa institucional que no podría más que beneficiarse con el estatuto de asociación europea. La Comisión y otras organizaciones comunitarias financian con una parte importante de sus presupuestos proyectos manejados por organizaciones sin ánimo de lucro (en concreto la cooperación humanitaria al desarrollo, a las ayudas, a la educación). También desde este punto de vista, el estatuto de asociación europea garantizaría una mayor gerencia en el manejo del dinero del contribuidor, más allá de la garantía de un rayo de acción verdaderamente europeo.
Un sistema europeo social integrado y organizado de manera legalmente transparente sólo puede aumentar la transparencia del fenómeno sociable permitiendo una governance más fácil de lo que es el mercado de las ideas, de la cultura y del futuro de Europa.
Nadie puede negar la gran capacidad política del estatuto de asociación europea, que podría dar otra vez un sentido a la palabra Europa. Hay alguien que intenta organizar la energía europea olvidandose de la persona. Pero también hay quién desea partir de la persona y del individuo porque sabe que el ciudadano europeo no es tal, si no se organiza y puede asociarse. Correcto, por lo menos, reconocerlo.
Translated from Per uno statuto di associazione europea