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Perdidos en Europa: la larga historia de un inmigrante en la UE

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SociedadPolítica

Clandestino, inmigrante regular, el que pide asilo político, refugiado o repatriado. Tantos estatus para una sola condición: aquella de inmigrante frente a un sistema legislativo en continua definición, como es el europeo. Tantas procedencias, y un solo destino, en la mayor parte de los casos: los centros de acogida

El cuadro legislativo europeo es amplio y complejo: va desde la carta social europea hasta la convención europea sobre la seguridad social. Una piedra angular en el tema es el II convenio de Dublín, preparado específicamente para una categoría de inmigrantes: las personas que piden asilo, o sea, cualquiera que se encuentre “con un justificado miedo a ser perseguido por su raza, su religión, su nacionalidad, su pertenencia a un determinado grupo social o por sus opiniones políticas ...” (la convención de Ginebra relativa al Estatus de Refugiados, art.1). Hacer la petición del estatus de refugiado es de hecho un derecho inviolable del hombre, los Estados deben proceder rápida pero correctamente..

¿Compra de Asilo (político)?

©jugemental/flickrEl sistema de regularización Dublín II se dirige en particular y propiamente a los refugiados (a los que piden asilo político), habiendo sido creado para evitar el fenómeno llamado “compa de asilo”. El objetivo es en teoría evitar que un inmigrante pueda hacer la petición del estatus de refugiado en el país europeo que ofrezca las mejores garantías sociales. Para tal propósito prevé, por lo tanto, que sea el primer país al que llegue el inmigrante y que forme parte del espacio Schengen, donde se le registren las huellas dactilares, el que deberá examinar y acoger la eventual petición de asilo. Por lo que, si en teoría un iraquí entra en Europa a través de Grecia, puede hacer la petición de asilo exclusivamente en Grecia. Simple y claro.

Pero “el problema es que no todos los Estados miembro respetan los parámetros de protección determinados por las directivas europeas y por la Convención de Ginebra”, explica Julien Blanc, colaborador veterano en centro de acogida en Francia y Bélgica. "Por ejemplo, en Grecia la tasa de reconocimiento de las demandas de asilo propuestas por inmigrantes iraquíes es cercana al 0%, mientras que en Suecia llega al 76%. En esta situación, sería injusto acusar a los inmigrantes de 'compra de asilo' si tenemos en cuenta que Grencia les niega este derecho. Derecho que sin embargo podemos obtener en Suecia. El problema, técnicamente, reside en la ausencia de una armonización de las tasas de reconocimiento del estatus de refugiado en el espacio Schengen y en las malas prácticas de algunos Estados miembro. Las oenegés denuncian el sistema Dublín II ya que no tiene en cuenta las grandes diferencias entre Estados miembro en el reconocimiento del estatus de refugiado". Para más inri, el sistema Dublín II deja en su mayoría la mayor parte de la responsabilidad de la acogida a los países situados al sur y al este de la Unión Europea donde, por razones geográficas evidantes, se registran la mayoría de demandas.

Asilo sin restricciones ni cuotas

©ewishamdreamer/flickr"El derecho de asilo no puede someterse ni a cuotas ni a restricciones. Es una obligación internacional que concerne a cualquier país que haya ratificado la Convención de Ginebra", añade Pierri Henry, director general de Francia Tierra de Asilo, una de las más importantes asociaciones francesas que se ocupan de refugiados y de los 'apátridas'. La situación de emergencia está en todo su apogeo, solo se debe echar un vistazo a la situación en los centros de acogida: Lampedusa está a punto de colapsarse, en Grecia no hay más centros de acogida disponibles y se ha obligado a hacer dormir a los refugiados en habitaciones de hoteles atestadas o en las calles. En Eslovaquia la situación es muy similar a la griega; en Bélgica las condiciones son mejores pero los centros están igual de sobrecargados y el número de colaboradores siempre es insuficiente.

Debemos recordar, de hecho, que en Europa el tema de la inmigración es un fenómeno importante: el porcentaje de inmigrantes internacionales aumenta a mayor velocidad que la población mundial, que crece a un ritmo de un 3%. Se habla de 200 millones de personas que por sí mismas compondrían el quinto país más poblado del mundo. De estos, entre 30 a 40 millones están en situación ilegal. Y aunque solo el 20 % de las peticiones de asilo sean aceptadas, la Unión Europea permanece como el primer lugar al que hacer la petición de asilo y recibe más de la mitad de las peticiones presentadas en el mundo, cerca de nueve veces más que los EE UU. En cuanto a los principales países de origen, se pasa de los países vecinos como Rusia, Serbia y Turquía, a los países en graves situaciones políticas como Afganistán e Irán. Se podría concluir con las palabras de Jean-François Mattei, presidente de la Cruz Roja francesa, pronunciadas con ocasión del Seminario Migrante realizado por el Consejo de Europa del pasado 19 al 20 de febrero: “debemos hablar por aquellos que no tienen o no tendrán nunca más voz, debemos ir al encuentro de aquellos que algunos no queréis ver porque consideráis 'ilegales'. Debemos hacer todo aquello que es necesario para protegerlos en aquello que nos hace a todos humanos: la dignidad del Hombre".

Translated from Lost in Europe: la lunga storia di un immigrato nell’Ue, tra il Dublino II e le leggi nazionali