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Nueva Europa pero viejas costumbres

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El borrador de tratado entre el Vaticano y Eslovaquia, que afectaría el derecho de aborto de las eslovacas, puede socavar la normativa comunitaria. ¿Cerrarán las instituciones de la UE los ojos o actuarán en consecuencia a raíz su informe de condena?

La UE ha recogido el guante que le ha lanzado el Vaticano en la batalla sobre la objeción de conciencia en asuntos como el aborto. En un informe de 41 páginas redactado por la red de expertos independientes en Derechos Humanos de la UE, se pone en tela de juicio la práctica de firmar acuerdos bilaterales entre el Vaticano y Estados miembro de la UE, conocida bajo el nombre de “concordato”. En el pasado, estos concordatos servían para definir la posición que ocupaba la Iglesia Católica en un país determinado. Uno muy famoso fue el que restableció el culto del catolicismo en Francia en 1801, firmado entre Napoleón y el Vaticano. Sin embargo, los concordatos están siendo cada vez más usados como instrumento político.

El Catolicismo primero

En tratados firmados con Italia, Letonia y Portugal, el Vaticano ha introducido artículos sobre objeción de conciencia relativa al servicio militar. En el reciente concordato con Eslovaquia, elaborado en 2003 y listo para su pronta ratificación, el derecho de objeción de conciencia respecto al aborto y a las técnicas de fertilización in Vitro ha sido acordado por ambas partes. Según los expertos de la UE, esto implicaría la posibilidad por parte de los médicos eslovacos de negarse a practicar un aborto o una técnica de reproducción asistida amparándose en que lo contrario sería irreconciliable con su fe católica. Los expertos de la EU piensan que esto “imposibilitará o dificultará en la práctica que las mujeres reciban tratamiento o consejo, en especial en las zonas rurales”, lo que significaría que Eslovaquia “violaría sus obligaciones” para con las leyes europeas e internacionales de Derechos Humanos.

Este no es el único caso de contravención de la normativa europea. Los expertos ven un peligro potencial en cualquier concordato firmado por un Estado miembro y la Iglesia Católica. Desde que la Santa Sede posee rango de nación soberana, los concordatos son tratados bilaterales y, como tales, forman parte de las leyes internacionales, que a su vez prevalecen sobre la legislación nacional de cada país. Además, es virtualmente imposible denunciar o modificar unilateralmente un concordato. Tanto gobiernos longevos como mayorías parlamentarias estables encuentran dificultades para modificar o anular políticas llevadas a cabo por un gobierno anterior basándose en acuerdos con el Vaticano. Muchos críticos sostienen que los concordatos crean privilegios injustos para una religión en detrimento de otras.

Con esta potencial conflictividad, será interesante ver si algún caso pudiera ser llevado ante el Tribunal de Justicia Europeo o ante la Corte Europea de Derechos Humanos y comprobar la validez de tales concordatos. Cualquiera que sea la postura que tomemos ante el aborto, la capacidad de contravenir la leyes comunitarias por parte de los concordatos es preocupante. Al fin y al cabo, ya nos basta con los gobiernos de los Estados miembro para hacerlo.

Translated from New Europe, old habits