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¿Una política europea de asilo contribuye a la mejora de la defensa de los derechos humanos?

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La política europea de asilo después de Ámsterdam puede describirse como un caso de “sucio comunitarismo”

En otras palabras, los instrumentos de la Comunidad Europea se usan en el marco de una toma de decisiones intergubernamental, siendo el objetivo principal la adopción de unos niveles mínimos en cada aspecto del asilo. Durante los últimos años la práctica, después de la entrada en vigor del tratado de Ámsterdam en 1999, ha demostrado que la toma de decisiones en este campo consiste en la renacionalización del asilo con decisiones tomadas con el mínimo denominador común en detrimento de los derechos humanos. Las pocas directrices creadas son generales e imprecisas a la vez que no aseguran el cumplimiento de los derechos humanos. De acuerdo con el Grupo X, responsable del campo de Justicia y Asuntos de interior en la Convención para el futuro de Europa, la falta de una política común y sustancial de asilo a nivel de la UE es la fuente para todos los puntos flacos, incluidos los derechos humanos. Pero ¿es la europeización completa de la política de asilo realmente la solución a este problema? En otras palabras ¿mejorará la introducción de un sistema de votación de mayoría cualificada y un proceso de co-decisión la protección de los derechos humanos?

Para empezar, el uso de un sistema de votación de mayoría cualificada no es una garantía definitiva de la protección de los Derechos Fundamentales. La mayoría de los estados miembros pretende crear un “continente europeo seguro” incluso en detrimento de los derechos humanos. Esta tendencia se confirma por varias leyes adoptadas y propuestas a nivel de la UE, especialmente las que conciernen al asilo. La directriz sobre la protección temporal y condiciones de recepción y las propuestas sobre la calificación del estatus y los procesos de examen son ejemplos de las políticas restrictivas que los estados miembros quieren seguir. Además, la lucha contra el terrorismo que se dirigen hacia los extranjeros, incluidos los solicitantes de asilo, pone bastantes trabas en lo que respecta a los derechos humanos. La tendencia restrictiva también se manifiesta en las recientes propuestas del Reino Unido que, según parece, apoyan todos los Estados miembros. De acuerdo con el plan sugerido, a los refugiados que piden asilo en uno de los países de la UE, pendientes del examen de sus peticiones, se les mantendrá en campos de recepción situados en países que no pertenecen a la UE. Además, el aumento de partidos de extrema derecha en toda Europa implica que el estado se encuentra bajo una creciente presión política ejercida por su electorado para eliminar el número de inmigrantes en su territorio. Sin duda, el respeto de los derechos humanos fundamentales de los solicitantes de asilo es un asunto secundario.

Ya que la tendencia general es crear una fortaleza europea, el sistema de mayoría cualificada facilitará solo la adopción de leyes que satisfagan a la mayoría de los países más grandes como Alemania, Francia, España o el Reino Unido. Estos Estados desean disminuir el número de concesiones de asilo. Por otro lado, los estados más liberales pueden usar la unanimidad como prevención de una estricta acción colectiva. Un ejemplo reciente es la reacción negativa de Suecia ante las propuestas del Reino Unido ya mencionadas, que la mayoría de los estados parecen apoyar.

Además, no es cierto que el Parlamento Europea vaya a actuar como contrapoder hacia el Consejo, adoptando una actitud más liberal y más propicia para la protección de los derechos humanos. De hecho, la nueva coalición entre el Partido Popular Europeo y el liberal ELDR está a favor de las políticas conservadoras. Un indicador es la perdida de la votación en el plenario de el informe humanitario de R.Evans que estaba a favor de mantener unos altos niveles de protección de los derechos humanos.

Finalmente, en cuanto al poder de la Comisión, no se pueden esperar grandes cambios. De acuerdo con un acuerdo político extraoficial entre el Consejo y la Comisión, la última tiene el derecho exclusivo de emprender acciones relacionadas con el asilo. Sin embargo el desarrollo de los dos últimos años ha demostrado una creciente tendencia del Consejo a ahogar las propuestas más liberales. Por ejemplo, para la adopción definitiva de la directriz sobre las condiciones de recepción, se necesitaron dos propuestas de la Comisión porque la primera era demasiado liberal y las negociaciones duraron aproximadamente dos años.

En resumen, una política de asilo europea, en sí, no transformará la Unión en un paraíso de seguridad para aquellos que necesitan protección. Incluso con una política de asilo común, la disposición de los Estados miembros a permitir la entrada en la UE se mantendrá reacia. Sin embargo, una política de asilo común combinada con garantías extras, que no existen actualmente, podría mejorar el lado humanitario de la Unión.

Actualmente, los Estados miembros y la UE están formalmente limitados por las leyes de derechos humanos, principalmente por la Convención de Ginebra sobre los Refugiados (1951) y la Convención sobre Derechos Humanos (1950) Incluso siendo los estados miembros parte de la Convención sobre Derechos Humanos (1950), pero la Comunidad en sí no, y no es muy probable que lo sea en un futuro próximo, En cualquier caso, hasta ahora la Convención no ha impedido a los Estados miembros que violen varios de sus artículos a la vez que ponen en práctica sus políticas de asilo. A esto se añade que los estados miembross han adoptado formas de protección que eluden la Convención de Ginebra. Por tanto, sin ninguna otra garantía, estos dos instrumentos internacionales que son las principales fuentes de protección, no protegerán los derechos humanos de los solicitantes de asilo en una política de asilo común.

Unas garantías eficaces podrían quizás surgir gracias a la obligación de la Comisión de examinar la compatibilidad de sus propuestas con la Convención sobre Derechos Humanos ante las reuniones del Consejo. De forma alternativa, la Carta de los Derechos Fundamentales, que incluye el derecho a asilo, podría ser vinculante legalmente. De otra forma, es extremadamente difícil para los individuos apelar en contra las medidas nacionales que derivan de la puesta en marcha de las directrices.

En resumen, la mejora de la protección de los derechos humanos solo puede asegurarse al combinar una política, para limitar los extensos poderes de los estados miembro y un control judicial eficaz. Posiblemente el respeto de los derechos humanos es solo un asunto secundario para los estados miembros. Ya que son actores significativos de las políticas de UE, la única forma de prevenir un acercamiento colectivo similar a nivel de la UE es un control judicial eficaz.

Translated from The communitarisation of the asylum policy: a ticket to enhanced human rights protection?