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Polonia invita a las mujeres en su camino hacia Bruselas

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Una bien recibida, aunque inesperada consecuencia del proceso de ampliación: Varsovia al incorporar el acquis en el área de tratamiento igualitario para mujeres y hombres alza la concienciación sobre el tema. Pero aún hay mucho camino por recorrer.

Grandes esperanzas y miedos están aún conectados con el proceso de ampliación de la UE. Hay un gran número de posibles consecuencias de la adhesión en varias áreas. Sin embargo, en lo que se refiere a la igualdad de género, esto no ha recibido mucha atención durante el proceso, tanto por parte de los políticos como por el público en general. Esto es muy cierto en los países que llegarán a ser miembros de la UE en Mayo de 2004. Por ello también lo es en Polonia.

Aunque la Comisión Europea se dio cuenta de que Polonia había llevado a cabo considerables esfuerzos para alinearse con el acquisde EC en relación a los estándares de igualdad de género, también establece que estos temas deberían continuar recibiendo máxima prioridad. La Comisión subrayó la necesidad de establecer el marco institucional para implementar y reforzar el acquis en el área de trato igualitario para mujeres y hombres y proporcionando instrumentos efectivos para combatir las diferentes formas de discriminación (1). Las enmiendas al Estatuto de los Trabajadores constituyen un claro progreso, definiendo más específicamente el principio de igualdad de trato, y con ello armonizando la legislación polaca con las provisiones fijadas en la Directiva 76/207/EEC en la implementación del principio de igualdad de trato de hombres y mujeres con relación al acceso al empleo, formación profesional y promoción, y condiciones de trabajo.

Leyes pendientes, cambios positivos.

Siempre hubo falta de deseo político para conducir una política pro-igualdad en la integración de los estándares internacionales en Polonia. In 1997, por ejemplo, la maquinaria de igualdad de género fue transformada en el Plenipotenciario del Gobierno para la Familia y los temas de igualdad de género no fueron situados entre las competencias principales de esta oficina, que percibía a las mujeres sólo en el contexto de la familia.

En 1999, el Parlamento rechazó el primer borrador de la ley de Estatus Igual. En este momento, el segundo borrador, esta vez una más comprensiva ley anti-discriminación está pendiente ante el Parlamento. La ley concede una protección uniforme y extensiva en contra de la discriminación en un gran número de aspectos, incluyendo género, raza/etnicidad, religión/creencias, incapacidad, edad y orientación sexual. La ley transpone una directiva anti-discriminación de la UE. El objetivo de esta nueva ley es garantizar el trato igual, la igualdad de oportunidades y la protección efectiva contra la discriminación.

Indudablemente, ha habido algunos cambios positivos en el marco legal y real polaco en conexión con la inclusión de los estándares de igualdad de género. Si no fuese por el proceso de armonización, las regulaciones legales existentes en Polonia no habrían cambiado, y el debate, incluso aunque no fuese realmente abordado con seriedad, no habría tenido lugar en absoluto. El impacto positivo de la ampliación, podría verse en Polonia a través de la adopción de la legislación de igualdad de género, concediendo mecanismos institucionales y cambiando la percepción social del concepto.

No existen instituciones concretas

En lo que concierne al marco institucional para la protección de la igualdad de género, un nuevo cuerpo se estableció en Polonia en noviembre de 2001. La Oficina Plenipotenciaria Gubernamental en la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres en Polonia es un resultado indirecto de la presión de la UE en el proceso negociador.

Hay varias instituciones en Polonia que tratan de asegurar la igualdad y combatir la discriminación. El Gobierno Plenipotenciario para la Igualdad del Estatus de Mujeres y Hombres es uno de ellos. El Grupo Parlamentario de Mujeres también juega un papel importante en la escena política polaca. El sistema legal polaco desafortunadamente no establece ninguna institución particular para investigar la implementación de este principio. Un ejemplo de tal autoridad es el Cuerpo de Inspección Laboral Nacional, que controla y supervisa la observancia de la ley laboral en los lugares de trabajo. Sin embargo, en caso de violación del principio de a igual trabajo, igual remuneración, las autoridades competentes del Cuerpo de Inspectores Laborales Nacionales sólo están capacitadas para dirigir una moción al jefe del lugar de trabajo o a la entidad superior de dicho lugar de trabajo.

No es un fenómeno marginal

También ha habido cambios significativos en la actitud social hacia la discriminación basada en el sexo y el principio de trato igualitario a mujeres y hombres. Los resultados del sondeo de opinión (2) confirman bastante explícitamente que la discriminación en Polonia no es un fenómeno marginal. Más bien lo contrario –está ampliamente reconocido por la sociedad. Para los temas de los que se debería encargar el plenipotenciario, una gran mayoría de los encuestados (tanto mujeres como hombres) creen que se debe hacer algo para prevenir la violencia doméstica (84%) y para prevenir el acoso sexual en el trabajo (82%) y la discriminación por motivos de género en el mercado laboral – igualando el sueldo de mujeres y hombres para el mismo trabajo (85%) e igualando las posibilidades de empleo para ambos sexos (80%).

Lo que también es significativo es la idea de adoptar una nueva ley que garantice el mismo estatus a mujeres y hombres, apoyada por un 54% de los encuestados que ven la discriminación de la mujer en Polonia y sólo un 16% de encuestados que creen que las mujeres tienen las mismas posibilidades y oportunidades en la vida que los hombres.

Se necesita el apoyo a las ONGs

El proceso de ampliación ha concedido algunos instrumentos políticos importantes para incrementar la igualdad entre mujeres y hombres. Sin embargo, se necesita asegurar que la igualdad de género está establecida como una prioridad en las actividades del gobierno. El bajo nivel de concienciación de los derechos relacionados con la igualdad de oportunidades y de género es evidente tanto en la sociedad en general como en el sistema judicial. De este modo, lo más importante es la introducción de mecanismos especiales para asegurar que la igualdad de género no se pierde entre consideraciones anti-discriminatorias más amplias, como el establecimiento y reforzamiento, a través de recursos financieros y personales, de mecanismos institucionales especiales para la igualdad de género. Adicionalmente se necesita apoyo a las ONGs de mujeres que trabajan para asegurar la implementación efectiva del acquis en igualdad de género. Existe un fuerte sentimiento entre las mujeres activistas de que la incorporación de Polonia a la UE, y en particular la armonización de la ley polaca con el acquis communautaire en el campo de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, contribuirá sustancialmente a la eliminación de muchos de los efectos secundarios de la transformación.

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(1) Informe anual sobre el progreso de Polonia a la adhesión 2002

(2) El sondeo “Problemas actuales y acontecimientos” fue llevado a cabo por CBOS del 1 al 4 de febrero de 2002 en una muestra representativa de 954 adultos residentes en Polonia

Translated from Poland invites women on its way to Brussels