Constitución europea: ¿El anticristo?
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marisa vegaEl debate sobre las raices cristianas de Europa sale a la luz en plena discusión sobre la Constitución. Frente a la cuestión religiosa, ¿la UE sera cristiana o laica?
La posición que ocupa la religión en el proyecto de Constitución para Europa entregado al presidente del Consejo europeo en Roma el pasado 18 de julio, no hace referencia directa a la religión cristiana. El preámbulo del texto da lugar, no obstante, a la noción de «herencia religiosa» mientras que el artículo 51 (Titulo IV: La vida democrática de la UE) relativo al «estatuto de las iglesias y las organizaciones no confesionales» indica que «la Unión respeta y no prejuzga el estatuto del que gozan, en virtud del derecho nacional (1), las iglesias y las asociaciones o comunidades religiosas en los Estados miembros. () La Unión mantiene un diálogo abierto, transparente y regular con estas iglesias y organismos».
Incluso el Papa había insistido en octubre de 2002, para que se hiciese una «referencia clara a Dios y la fe cristiana». Su iniciativa tuvo cierto eco, de hecho fue desde Polonia, país de origen de Juan Pablo II, de donde llegó la propuesta mas radical: retomar en el proyecto europeo, un pasaje de la Constitucion nacional que contiene una referencia explícita a la religión cristiana. Algunos convencionales, irlandeses e italianos, estaban de acuerdo, pero finalmente la propuesta no ha sido adoptada. Sin embargo, el presidente del gobierno español ha vuelto a la carga recientemente sobre este tema.
La UE, «club de Estados cristianos»
Una vieja idea quería que Europa fuese en cierto modo un «club de Estados cristianos». La Europa de la declaración Schuman le debe mucho a la democracia cristiana, en cuanto a corriente política. La religión cristiana de este modo ha podido pasar, en ese momento, por uno de los elementos importantes sobre el cual debía contar la construcción europea. De hecho, si observamos la situación religiosa de los seis países fundadores, al final se entiende por qué Europa podría haber sido percibida como una especie de club de Estados cristianos. El Rubicón parece sin embargo franqueado cuando se quiere dar a ese sentimiento histórico una dimensión específica y normativa, afirmado entonces que Europa tiene vocación de ser cristiana y que ello debe estar inscrito constitucionalmente.
¿Cuál sería, en nuestra época, el sentimiento de una claúsula que mencionase el espíritu cristiano de la Constitución? Sin lugar a dudas, supondría un importante retroceso en la cultura constitucional europea. Sería una verdadera legitimación de la acción política de las esferas religiosas cristianas. ¿No se le reconocería de este modo a la religión, una importancia politica mayor de la que sería razonable?
Por otro lado, aunque Europa parezca aún sociológicamente cristiana, coexisten muchas corrientes: el Catolicismo, la Iglesia Reformista, Ortodoxos en el Este, sin olvidar una proporción creciente de musulmanes europeos. La religión cristiana en Euopa ya no tiene el monopolio de la espiritualidad.
Evangelización pasiva
¿Cuáles son entonces las motivaciones de quienes quieren mencionar la herencia cristiana en la Constitución europea y sobre todo cuáles serían las implicaciones ?
Algunos países como Polonia, invocan los problemas de coherencia con las constituciones nacionales, otros quieren resaltar un legado vivaz, preservar un cierto orden moral garantizado, segun ellos, a través de la religión. Otros aportan sencillamente su apoyo a las autoridades religiosas cristianas como interlocutoras privilegiadas de la Política. Consistiría entonces, en contar con las ventajas de una «evangelización pasiva». ¿O bien se trata de ajustar cuentas con Turquía ?
Debemos distinguir dos tipos de implicaciones. Primero, las que se aplicarían a las autoridades político-religiosas cristianas. La Iglesia no tendría ninguna dificultad en convertise oficialmente en consejera privilegiada de los poderes públicos comunitarios. Podría en todo caso reivindicar este estatuto. El segunto tipo de implicaciones: las religiones excluidas de la unción constitucional. ¿Que ocurriría, por ejemplo con Turquía, país candidato a la adhesión, mayoritariamente islámico, si Europa se declarase constitucionalmente cristiana? ¿La Unión Europea podría honorar su lema «Unida en la diversidad» enunciando la exclusividad de la religión cristiana? No, evidentemente, y los países no cristianos se arriesgarían a ser definitivamente excluidos.
¿Una Europa laica?
La separación de la Iglesia y del Estado es uno de los mayores logros de la cultura cívica europea. Introducir una dimensión religiosa en el texto de la Constitución comporta probablemente más riesgos que ventajas adquiridas. La posición actual del texto es un compromiso entre la mención cristiana y la supresión de toda mención religiosa en la Constitución (3).
El principio de laicismo no favorece ninguna religión y hace posible un trato mas pragmático y mas justo entre los distintos cultos. Apoyado por Dinamarca, Francia y otros países en la cumbre de Nápoles, la inclusión de la noción de laicismo en el texto no está asegurada. Supondría, sin embargo, la primera garantía de no exclusión de los cultos no cristianos y otros agnósticos y ateos.
La Constitución no debe evidentemente ser el anticristo ni el perdonavidas de ninguna religión. La Historia dará cuenta de las distintas contribuciones religiosas a la construcción de la UE (4). En cuanto a la Constitución para Europa, se trata ante todo de un proyecto de « constitucionalización » de los Tratados existentes. A ese respecto, parece legítimo que se dirija ante todo a los ciudadanos europeos, dejándoles libres, por su parte de dirigirse, si lo desean a un dios, cualquiera que sea.
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(4) Al final es nuestro único punto de discordia con Bronislaw Geremek: Historia y Constitución son dos cosas distintas. La Historia rinde cuentas a posteriori, pero no tiene, según nuestro punto de vista, vocación de indicar para el futuro, direcciones exclusivas. Mas informacion en este dosier, en la entrevista de Geremek « Rindiendo justicia a la historia, no se excluye a nadie »
Translated from Constitution européenne : l’Antéchrist ?