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Corte Penal Internacional: una victoria de la cooperación ONU-UE

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Ya en funcionamiento, la Corte Penal Internacional (CPI) es el fruto del deseo europeo de exportar su modelo de perfeccionamiento supranacional de los derechos individuales.

Ahora que llega a su fin la tercera asamblea de los Estados partícipes de la CPI, en la Haya, las palabras de Kofi Annan aún resuenan: “La perspectiva de una corte criminal internacional contiene la promesa de una justicia universal”. La voluntad de la ONU de construir una justicia penal a nivel mundial se remonta a los tiempos de la Sociedad De Naciones (SDN) y a los inicios de la organización mundial. Desde el 12 de agosto de 1948, la convención de Ginebra sobre la prevención y la represión del crimen genocida crea un tipo incriminatorio mundial sobre valores universales. Sin embargo, no prevé mecanismos de sanción y las grandes potencias mundiales, implicadas como “policía” mundial, no se han apresurado en ponerlas en práctica. Con el fin de la guerra fría, la impotencia -incluso pasividad- de las potencias americanas y europeas ante los genocidios de Ruanda y Yugoslavia, irrita las conciencias y relanza la idea de una jurisdicción penal permanente. Dos tribunales penales internacionales (TPI) ad hoc fueron creados por el Consejo de Seguridad, en 1993 para la ex-Yugoslavia (TPIY con sede en La Haya), y en 1994 para Ruanda (TPIR, con sede en Arusha, Tanzania). A falta de poder impedir las exacciones sobre la marcha, el Consejo de Seguridad quiere castigar a los culpables. Una serie de normas jurídicas, aplicadas por procedimientos específicos, avaladas por instituciones independientes deben garantizar la lucha contra la impunidad y ejercer un poder disuasorio.

La CPI en marcha

Según Antonio Cassese, ex-presidente del TPIY, «estos tribunales han servido de trampolín para la creación de una corte permanente: esta presentaría la ventaja de ser estable y no estar centrada sobre una región o una situación determinada…”. Gracias al lobbying de una coalición de ONGs, ICCNow (International Criminal Court Now), y a la implicación de un grupo de Estados llamados “pilotos” (incluidos la mayoría de estados miembro de la Unión Europea a primer nivel como Alemania, así como Canadá, Australia, Argentina o Sudáfrica), el Estatuto de Roma sobre la creación de la CPI es adoptado el 18 de julio de 1998 en el marco de una conferencia de las Naciones Unidas. La corte es efectivamente creada -entrando en funcionamiento- el 11 de abril de 2002 con motivo de la ratificación por parte de un sexagésimo Estado de su estatuto. Se encarga de reunir elementos de acusación contra todo individuo (cual sea su rango, estatus o nacionalidad) sospechoso de crímenes genocidas, contra la humanidad, de guerra, o crímenes de agresión por actos cometidos con posterioridad al 1 de julio de 2002. No obstante, no se trata más que de una competencia complementaria, no pudiendo reaccionar en tanto las jurisdicciones nacionales no toman medidas o no quieren perseguir a los autores de esos crímenes. Tras haber prestado juramento el 11 de marzo de 2003, los jueces se encuentran desde de entonces operativos y su fiscal general, el argentino Luis Moreno-Ocampo ha tomado cargo el 16 de junio de 2003.

La batalla Estados Unidos-UE

Detrás de esta histórica realidad institucional, la CPI conlleva una serie de envites geopolíticos cruciales. Más allá de una feliz andadura de la ONU, ésta ejecuta las ideas de Europa continental sobre el establecimiento de una sociedad mundial regulada, normalizada por reglas del derecho, reflejo de una cierta visión de la justicia y de las relaciones sociales. Europa se esfuerza en aplicar al mundo el camino que la ha hecho fuerte: reglas supranacionales sancionadas por auténticas instituciones que acarrean una identidad y un referente nuevo: el justiciable universal. Europa predica, para conseguirlo, el abandono de las pretensiones nacionales particulares. Es lo que ha hecho, en el marco del Consejo Europeo, con la competencia de la Corte Europea de los Derechos Humanos (CEDH), institución capital para la defensa de los derechos individuales. En lo que respecta a la vocación universal de la Corte, ya estaba previsto por la Convención para la prevención de la tortura (en vigor desde 1989) que habilita, a título preventivo, una inspección a todo lugar sospechoso de un trato inhumano. Este sueño supranacional se enfrenta radicalmente a los Estados Unidos, firmante del estatuto en 2000, antes de retractarse en mayo de 2002, y desde entonces entabland una batalla esquiva contra la justicia penal mundial. En julio de 2003, el Pentágono anuncia que suspende su ayuda militar a treinta y cinco países (entre los cuales Colombia y Eslovenia), culpables de rechazar el acuerdo bilateral eximiendo los nacionales estadounidenses de ser presentados ante la CPI. La tradición jurídica americana rechaza toda norma cuyo origen esté por encima de la nación americana. De ahí la reputación de unilateralismo de la superpotencia, desde Guantánamo a la guerra de Irak.

Una gran victoria de la UE y la ONU

Cierto, las reservas europeas tampoco faltan. Francia, por ejemplo, ha rechazado la competencia de la Corte por crímenes de guerra por un periodo transitorio de siete años. Los grandes estados implicados en responsabilidades militares internacionales temen por sus ciudadanos. La CPI es, aun así, un hecho irreversible; institución en marcha, es la primera ejecución de una justicia universal. Es una victoria de la ONU lograda por la experiencia europea, el más bello ejemplo de la cooperación ONU-UE, una hermosa razón para confiar en futuros avances.

Translated from La CPI : une victoire de la coopération ONU-UE